| Se
declaró Zona/Área de Rehabilitación
Integrada el 5 de octubre de 2005, según
indica la Orden 2277/2005, de 5 octubre, de la
Consejería de Medio Ambiente y Ordenación
del Territorio.
CONDICIONES GENERALES
- Dedicar la vivienda objeto de la actuación
a su residencia habitual y permanente, durante
un plazo mínimo de cinco años desde
la finalización de las obras.
- Dedicar la vivienda objeto de la actuación
al alquiler durante un periodo mínimo de
cinco años desde la finalización
de las obras.
SUBVENCIONES
Las subvenciones a las cuales se pueden acoger
los propietarios de la Colonia Pablo Iglesias
serían las siguientes:
Decreto 12/2005, de 27 de enero por el que
se regulan las ayudas económicas a la vivienda
en la Comunidad de Madrid (Plan de vivienda 2005-2008)
- Cuantía del 20% del presupuesto protegible
de la actuación. El importe máximo
por vivienda es de 6.000 € si la rehabilitación
consiste en adecuación estructural, estructural
y funcional o integral.
Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, por
el que se aprueba el Plan Estatal 2005-2008.
- Una subvención por un importe máximo
del 40% de presupuesto protegible de la obra con
una cuantía máxima por vivienda
de 4.500 €.
Las subvenciones podrán anticiparse una
vez obtenida la calificación provisional.
Ayudas económicas que proporciona el
Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid:
- Una subvención a fondo perdido por un
importe de 3.000 € por vivienda.
La subvención se hará entrega, en
el momento de la obtención de la preceptiva
Licencia de Obra, necesaria para dar comienzo
a las obras de rehabilitación.
En estos instantes la Colonia Pablo Iglesias
esta pendiente del inicio de obras, pero en pocos
meses comenzará la ejecución de
las diferentes parcelas y se procederá
al primer desembolso de las ayudas. |